Registro, inspecciones y certificados

Registro de embarcaciones de recreo: corresponde a la Dirección General de la Marina Mercante. Se usa la lista 7ª para embarcaciones de recreo de uso particular y la 6ª para las dedicadas a uso profesional.
Inspecciones: las embarcaciones deben ser inspeccionadas cada 5 años (lista 7ª) o 2 años (lista 6ª) por una empresa registrada para la Inspección Técnica de Barcos
Certificado de navegabilidad para embarcaciones de menos de 24 metros:
Licencia de navegación
Despacho